Autonomía e independencia de los Juzgadores

Francisco Hurtado Delgado

La independencia judicial es uno de los presupuestos primordiales para el correcto funcionamiento de los Poderes Judiciales de los Estados y de la Federación. Por ser una garantía constitucional instaurada con el propósito de impedir injerencias de los otros poderes en la resolución de los conflictos sometidos a su conocimiento.

La garantía principal de la independencia judicial tiene sustento en la división de poderes, es decir, en la prohibición que los poderes Legislativo y Ejecutivo tienen de poder inmiscuirse en las actuaciones y decisiones de los Servidores Públicos pertenecientes al Poder Judicial, principalmente sobre el dictado de las sentencias.

A su vez, la autonomía, es uno de los principios bajo los cuales se deben regir los juzgadores, pues ello les otorga la libertad de poder resolver de acuerdo a su experticia, pero más allá de eso, les concede la libertad de emitir una resolución haciendo uso de su propia lógica, siempre y cuando la misma se ajuste a los lineamientos del derecho. Decisión que se adopta sin que pueda obrar ningún tipo de coacción de algún otro ente público, pues de ser así, se contravendría flagrantemente el estado de derecho y el acceso a la justicia de las partes.

Resulta tan importante la autonomía judicial, que la misma se encuentra regulada por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Morelos, en el cual se establece que las sentencias de los Juzgadores deberán de ser bajo los principio de imparcialidad, legalidad, transparencia, autonomía e independencia, es decir que en las decisiones jurisdiccionales no puede mediar restricción alguna, influencias, amenazas o intromisiones indebidas de cualquier otro sector.

En ese sentido, la autonomía e independencia con la que cuenta un Juzgador, debe ser no solo respetada, sino garantizada, pues al momento de juzgar no pueden existir presiones, ni si quiera por parte de los altos mandos del propio Poder Judicial. 

Es necesario precisar que solo a través de la división de poderes y la independencia judicial, se puede limitar y equilibrar el poder público, por lo que, debe entenderse que ninguno de los poderes del Estado se encuentra por encima del otro. De esta manera si un Juez, a sabiendas de su mal actuar, emite una resolución contraria a la norma por atender a una petición que solo abone a intereses particulares, además de la comisión de un ilícito estaría violando la tutela judicial efectiva consagrada como un Derecho Humano, en el artículo 17 de la Carta Magna.

Por lo anterior, debe recordarse la gran responsabilidad que ostentan los Jueces y Magistrados, pues sobre ellos descansa la certeza jurídica y lo más difícil, que es, adquirir la confianza de la gente de que los fallos emitidos siempre serán en aras de salvaguardar y garantizar una justicia pronta y expedita.

No olvidemos que la injerencia y los ataques al poder Judicial, violentan la democracia e influyen negativamente en la protección de los derechos constitucionales, por lo que, siempre que la autonomía se encuentre en riesgo, es una obligación ciudadana el denunciar los actos ilícitos, con el propósito de que los autores de este tipo de violaciones obtengan las sanciones que la norma establezca.

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